lunes, 31 de julio de 2017

ANTECEDENTES HISTÓRICOS A LA PENA DE MUERTE Part.1


Conforme señala el Lcdo. Juan Felipe Cedeño Egüez en su tesis doctoral presentada en la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad Central del Ecuador, la llamada pena capital, es la sanción penal más rigurosa de todas, mediante la cual se ordena a través de los tribunales del Estado, la privación de la vida al delincuente sentenciado como culpable, por medio de la ejecución.
En Roma, el primer delito castigado con la pena de muerte fue el conocido como de perduellio, esto es por traición a la patria; la Ley de las XII Tablas, también estableció la pena de muerte para otros delitos, especialmente para el homicidio, delitos sexuales, delitos contra la salud, delitos de orden político y militar, etc.; pero con la característica de que la autoridad podía dejar la aplicación del Talión al ofendido o a sus parientes, luego llega el Cristianismo que predica el amor al prójimo y sienta las bases abolicionistas de la pena de muerte; aun cuando hay que recordar que Santo Tomás de Aquino en su obra “Summa Teológica” sostiene “Todo poder correctivo y sancionatorio proviene de Dios, quien lo delega a la sociedad de hombres, por lo cual el poder público está facultado como representante divino, para imponer toda clase de sanciones jurídicas debidamente instituidas con el objeto de defender la salud de la sociedad. De la misma manera que es conveniente y lícito amputar un miembro putrefacto para salvar la salud del resto del cuerpo, de la misma manera lo es también eliminar al criminal pervertido mediante la pena de muerte para salvar al resto de la sociedad”.
En América, en el periodo Incásico la pena de muerte existía especialmente respecto a las infracciones contra el Inca, la Corte, la nobleza o a las personas encargadas de los ritos religiosos, como las vírgenes del sol, pues eran consideradas infracciones graves, que obligaban a los jueces incásicos, a imponer penas muy severas, no solamente a los infractores sino al pueblo al cual pertenecían; pues como dice el Ilustre ex Profesor de la Universidad Central del Ecuador, Sergio Páez Olmedo, la pena de muerte y las penas infamantes eran muy comunes en ese entonces y se las imponían a los infractores delante del pueblo, pues de esta manera se buscaba la reparación material del daño causado al orden público, político, social o a la divinidad y así también se conseguía que la gente tenga temor a dicha sanción, pero jamás se sancionaba a personas en igualdad de condiciones, sino que se consideraba la edad como constitutiva de culpa y el estado de necesidad en los delitos contra la propiedad.
El mismo autor señala “Se tenía la idea de que las leyes penales ante todo eran preventivas, que debían producir buenos efectos, para cumplir en esta forma el mandato divino del dios sol que ilumina sus acciones, por esta razón la mínima trasgresión de la ley era considerada un sacrilegio. En esta forma el pueblo incásico estaba obligado a revelar sus errores y secretos y buscar fervientemente la forma de expiarlos. Según la tradición, ningún miembro de la familia real jamás mereció castigo”.

http://www.derechoecuador.com/articulos/detalle/archive/doctrinas/derechoconstitucional/2011/05/16/derecho-a-la-inviolabilidad-de-la-vida

2 comentarios:

  1. ♥MUY BUENA INFORMACION SIGUE MEJORANDO♥

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  2. que la informacion que brindes siemore sea veraz, y asi poder lograr un aporte para todos...felicidades buen blogg

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